Martes 23 Abril 2024

DiscapacidadReclamo por la negativa de reserva de espacio para estacionar de persona con discapacidad

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires reclamó a la Dirección General de Tránsito del Gobierno porteño que se dicte una nueva resolución en el caso de un vecino diagnosticado con EPOC, en la que se conceda la reserva de espacio para estacionar frente a su domicilio, de acuerdo al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.

En el Certificado de Discapacidad del vecino, emitido el 5 de marzo de 2012, se manifiesta el siguiente diagnóstico: “CIE10 EPOC...”, una enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cuya característica es su progresividad y el impedimento del normal desarrollo de las actividades cotidianas.

En octubre del año pasado, se había enviado un oficio a la Dirección General de Tránsito para que reconsidere la negativa de la “reserva de espacio” para estacionar, debido a que el caso del vecino encuadraría en la normativa vigente ya que el certificado de discapacidad se le otorgó por tratarse de un cuadro de EPOC severo con obstrucción que restringe su movilidad.

Por su parte, en esa oportunidad la Dirección de Tránsito respondió que “las reservas de espacio de estacionamiento para personas con discapacidad se otorgan únicamente y exclusivamente a quienes presenten discapacidad motriz y a aquellas personas con discapacidades que impliquen problemas de movilidad o accesibilidad permanente”.

Es por este motivo que la Defensoría solicitó que se disponga una nueva resolución a favor del reclamante, ya que considera que la denegación de la reserva de espacio solicitada “es desproporcionada por cuanto genera una nueva barrera para la persona con discapacidad e impide su plena inclusión en la actividad social”.

Resolución 0881 / 13

Jefe de Área Dr. Isabel Ferreira