La alteración que se produjo en la sociedad la cuarentena por el Covid-19, en muchos casos se transformó en un regreso o un encuentro con la naturaleza, la toma de conciencia del cuidado del ambiente, la toma de conciencia del respeto por todos los seres que lo integran.
En el cuidado del ambiente también figura el tratamiento de los desechos, campañas en este sentido ayudan a tomar dimensión del daño que se hace, muchas veces sin darse cuenta, aquí en la Comuna 12 el cambio es notorio con respecto a las heces de los perros, ya casi no quedan vecinos que no se hagan cargo de las deposiciones de sus animalitos, cuando alguno se le olvida, alguien se lo hace notar, ya es un papelón vecinal no hacerlo, hay que evitar arrojar o dejar en el espacio público todas las cosas que contaminan, en este sentido, en la Legislatura porteña, ayer se sanciono por una iniciativa de Sergio Abrevaya (Gen), despachada por la comisión de Protección y Uso del Espacio Público, que multarán a quien arroje colillas en el espacio público. Prohibieron por ley que se tiren restos de cigarrillos. Se castigará con multas, trabajos comunitarios y capacitación medio ambiental.
"Queda prohibido arrojar colillas de cigarrillos y/o cigarros y/o filtros en el espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", dice taxativamente el primer artículo de una ley sancionada el jueves en la Legislatura porteña.
Quien infrinja esta disposición será "sancionado con una multa de 30 a 700 unidades fijas y/o la obligación de realizar trabajos comunitarios relacionados con la preservación del ambiente y/o la concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación en materia ambiental''. A valores de hoy, la multa oscilaría entre un mínimo de $ 642 y un máximo de $ 14.980.
El texto legal define en detalle lo que es cigarrillo y/o cigarro, qué significa colilla, que es un filtro y cuál es el espacio público: espacio de propiedad estatal, cuyo dominio y uso es público, de la población.
Los siguientes sujetos deberán garantizar la implementación de medidas destinadas a evitar que las colillas de cigarrillo se arrojen en el espacio público:
Locales bailables; establecimientos donde se elaboren, fraccionen, sirvan y/o expendan alimentos y/o bebidas; shoppings, galerías de comercios y/o paseos comerciales a cielo abierto; alojamientos; edificios de oficinas; lugares de eventos públicos o privados.
La Autoridad de Aplicación (que deberá ser "el organismo con mayor competencia en materia ambiental del Poder Ejecutivo") deberá implementar acciones y estrategias tendientes a informar, sensibilizar y/o concientizar, en materia de impacto ambiental lo que ocasiona arrojar filtros y/o colillas de cigarrillos y/o cigarros en el espacio público, concluye la nueva legislación.