Siempre es mejor cuando los vecinos pueden comprobar en primera persona la eficacia o no de las cosas que se anuncian, esta bueno que se difunda para poder hacer las cosas con más tranquilidad, nos contaba un vecino que después de unos merecidos días de descanso, al haber estado de vacaciones a más de 150 cincuenta kilómetros fue a hacerse el testeo, fue con su auto y eligió la sede del Centro Vehicular La Rural, en la Av. Sarmiento 2704, concurrió con un poco de fastidio, que una vez en el lugar se le fue, el trámite fue rápido y la atención muy buena, desde el ingreso hasta la salida.
Al ser mayor de 60 años le indicaron hacer el test de saliva, siempre dentro de su vehículo, con paciencia y siguiendo las indicaciones de la enfermera encargada del tema, se tomo el tiempo y sin apuro de juntar saliva de la boca en un envase esterilizado, con llenar la base basta, así que, en un rato termino el trámite, solucionando varios temas, evitar multa y saber si uno volvió sano de su estadía en otro lugar y no andar repartiendo virus por la ciudad.
Dónde, cómo y cuándo deben testearse quienes llegan al territorio porteño
Deben testearse
Mayores de 12 años.
No residentes que permanezcan al menos un día y lleguen desde más de 150 kilómetros.
Residentes en la Ciudad que reingresen desde más de 150 kilómetros luego de más de 4 días.
El procedimiento
Hay que completar una declaración jurada en la página web: turismo.buenosaires.gob.ar/es/RequisitosTuristas.
Se puede hacer antes de salir.
Hay hasta 72 horas de plazo para hacer el testeo. Para quienes llegan en vehículos particulares u otros medios hay que sacar un turno en los centros y conviene hacerlo antes de realizar el viaje para poder tenerlo en los días de regreso. Es un turno por grupo conviviente.
Para los que llegan en avión o en ómnibus, el test se hace dentro de la terminal correspondiente y sin turno previo.
La sanción para los que no hagan el test
El testeo es obligatorio. Como todas las normas que excepcionalmente se han ido planteando en la pandemia, lo más importante no es la sanción, sino el compromiso de la ciudadanía y la responsabilidad social con el cumplimiento, porque en definitiva es para cuidarnos entre todos.
La sanción vigente es la misma que existe por no usar barbijo o incumplir cualquiera de las reglas excepcionales de la pandemia (Ley 451 del GCBA, artículo 1.2.4 sobre prevención de enfermedades transmisibles). Es una multa a partir de $10.700 cuyo monto final es establecido por el controlador de faltas.
Sin embargo, el foco no estará puesto en la sanción sino en el compromiso ciudadano. Lo importante de este testeo es que permite cuidarnos y evitar o retrasar un rebrote. Además, habilita a poder realizar viajes por vacaciones, reencuentros familiares o lo que los vecinos necesiten después de tanto tiempo sin la posibilidad de viajar. Todo, con responsabilidad y cuidados.