ComerciosProyecto para la reparación de daños a comercios

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presentó ante la Legislatura porteña un proyecto de ley para que se disponga la reparación integral de los daños producidos a comercios por una actividad lícita de las autoridades administrativas de la ciudad, de entes públicos estatales o privados que ejerzan potestades públicas.

Entre los fundamentos se señala que los vecinos suelen padecer inconvenientes en su vida cotidiana debido a las obras que se realizan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, y que en este sentido se debe considerar el vacío legal existente en relación a los perjuicios que sufren los frentistas y comerciantes a los que se impone un “sacrificio especial”.

En los artículos 3ro y 4to del proyecto de ley se establece que la indemnización “se calculará del monto declarado para el pago del impuesto sobre los ingresos brutos, el que no será inferior al 35% de la facturación declarada por el peticionante”, y que el cálculo para la reparación integral del daño se efectuará sobre la misma base, dividida por los días que se produjo la obstrucción al comercio damnificado por parte de una actividad permitida por el Estado.

Asimismo, se determina la exención de las contribuciones de ABL por el período correspondiente al que el inmueble haya resultado afectado.