darsena para los contenedoresReclamo por contenedores que obstruyen el desplazamiento de las personas con discapacidad

Para que estos dispositivos no constituyan barreras físicas para el desplazamiento de las personas con movilidad reducida, es necesario articular acciones coordinadas entre los diversos organismos que interactúan en los espacios públicos.

La necesidad de promover medidas que fomenten la limpieza de la Ciudad ha hecho que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instale contenedores, cuya ubicación, en vez de lograr el objetivo perseguido, se ha constituido en una barrera urbanística que impide el normal desplazamiento de las personas con movilidad reducida.

Por otra parte, su ubicación suele tener efectos perjudiciales para las personas con dificultades para movilizarse, cuando ocupan espacios que necesariamente deben estar liberados al uso público.

Paradas de transporte público, vados peatonales, reservas de estacionamiento domiciliario son espacios comúnmente afectados por la instalación de contenedores.

La necesidad de estacionamiento es otro de los factores que inciden en la conveniencia o no de la instalación de los contenedores, desde que el aumento de la cantidad de automóviles que invaden las calles de la Ciudad es una realidad insoslayable.

En relación con las medidas de accesibilidad que requieren las personas con movilidad reducida, debe advertirse que contar con espacios adecuados de estacionamiento es un factor esencial para su autonomía, especialmente para quienes conducen sus propios autos; pero que cobra una especial importancia en relación con los contenedores que se ubican sobre la vereda, simplemente porque restan espacio para abrir las puertas de los vehículos que trasladan personas con movilidad reducida y deben ubicarse próximos al cordón de la acera para facilitar su descenso.

Esta Defensoría del Pueblo considera que deberían tenerse en cuenta ubicaciones fijas, próximas a las esquinas, sin obstaculizar los espacios destinados a vados peatonales, asegurando una frecuencia de limpieza que impida la proliferación de olores desagradables y la constitución de focos de contaminación.

Jefe de Área Dr. Isabel Ferreira

RESOLUCIÓN 2596 / 13