Modifican el régimen de faltas de tránsito
Con nuevas modalidades en las multas por violación de las velocidades máximas y mínimas, la unificación de los vencimientos de las licencias de conductor, la penalización para colectiveros y taxistas sin documentación en regla, la modificación para los vehículos de fantasía, la creación del registro de verificación de autopartes y la autorización para realizar pruebas automovilísticas por las calles de la Ciudad se concretaron varias modificaciones en materia de tránsito.
Incrementan las multas por exceso de velocidad
Los conductores de vehículos que no respeten los límites de velocidad máximos serán sancionados con multas de 600 a 6000 unidades fijas cuando circularen a una velocidad superior a ciento cuarenta kilómetros por hora, sea cual fuere el tipo de calzada por el que transiten.
Esta infracción no admite pago voluntario, según la modificación al Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, quien no respete los límites de velocidad máximos establecidos, será sancionado/a con multa de 200 unidades fijas cuando circulare en exceso de hasta veinte kilómetros por hora en la velocidad permitida para el tipo de arteria y de hasta cuarenta kilómetros por hora en el caso de vías rápidas.
Por último, quienes no respeten los límites de velocidad mínimos establecidos, serán sancionados con multa de 150 unidades fijas.
Unifican vencimientos de Licencias de conducir
En el marco de la adhesión por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al Sistema Nacional de Licencia de Conducir regulado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante la Ley 3134, y para unificar las fechas de vencimiento de las distintas clases de licencias, la Legislatura autorizó a la entidad otorgante a establecer períodos de validez distintos a los indicados en la Ley 2148 o modificar las fechas de caducidad de habilitaciones ya emitidas, de modo que sea posible cumplir con la implementación del nuevo sistema.
Penalizan faltas de choferes de colectivos y taxis sin documentación
Mediante la sanción de una ley que modifica el actual Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires se penaliza las faltas cometidas por quienes conducen o son responsables de los transportes públicos de pasajeros, colectivos o taxímetros.
La penalidad específica será para quienes conducen sin documentación o con la misma vencida, como así para quienes permiten que esto ocurra, lo que genera obligación a las Unidades de Control de Faltas y Jueces Contravencionales y de Faltas de comunicar a la Autoridad de Aplicación las sanciones recaídas.
De este modo se penaliza la prestación de servicio sin poseer licencia habilitante, con un rodado con las insignias pero sin licencia y el cobro de tarifa diferente a la dispuesta por la Autoridad de Aplicación.
Modifican la actividad de vehículos de fantasía
Por iniciativa del Jefe de Gobierno se modificó el Capítulo 9.9, "Transporte de Pasajeros de Oferta Libre para Recreación y Excursión en Vehículos de Fantasía" del Código de Tránsito y Transporte, incorporado por la Ley Nº 2706.
El ajuste del marco legal incluye cambios a los artículos que regulaban la actividad de vehículos de fantasía.
Las modificaciones, relacionadas a la antigüedad de los vehículos, los elementos de remolque, la prohibición del uso de pirotecnia, el seguro para pasajeros, fueron determinadas por el crecimiento surgido en la actividad y la necesidad de establecer pautas concretas para que su tratamiento resulte cada vez menos asimilable a las características del transporte escolar.
Crean el registro de Verificación de Autopartes
El Cuerpo creó, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Registro de Verificación de Autopartes, debiéndose inscribir en él los propietarios, sean personas físicas o jurídicas, de comercios dedicados a la compra venta de autopartes, nuevas o usadas.
Así se estableció en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires la obligatoriedad, para todo vehículo automotor registrado en esta jurisdicción ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, del grabado del número de dominio- tres letras y tres números- en 6 (seis) partes de la carrocería del vehículo: puertas (lateral externo), capot (parte interior y superior), y baúl (parte interior y superior), en caso de tratarse de un vehículo de 2 (dos) puertas se realizará en los parantes a media altura del mismo cumplimentando las 6 (seis) partes, debiendo ser designados los lugares específicos a ser grabados por vía de reglamentación.
"En el curso del último año 2010 fueron secuestrados 1.300.000 (un millón trescientos mil) autopartes ilegales por valor superior a los 150 (ciento cincuenta) millones de pesos. Estas acciones fueron concretadas en el marco de más de un centenar de allanamientos de operativos de control en las bocas de expendio de repuestos”.
Del mencionado informe se desprende que la mitad de los vehículos robados se presume terminan en los desarmaderos ilegales alimentando el comercio negro de los repuestos.
Se podrán correr carreras de autos en la ciudad
El cuerpo aprobó la derogación de la Ordenanza Nº 17.348 que prohibía la realización de carreras de automóviles en circuitos callejeros.
Entre los considerandos se destacó la cantidad de actividades que se realizan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la diversidad cultural que ésta ofrece para turistas y ciudadanos.