22-No-TaccLos alimentos libres de gluten deberán llevar la misma etiqueta

Las Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos y de Agricultura, Ganadería y Pesca, por Resolución Conjunta 201/2011 y 649/2011 publicada el 13 de Octubre en el boletín Oficial, incorporaron el Artículo 1383 bis al Código Alimentario Argentino, que establece que los productos alimenticios ‘Libres de Gluten’ que se comercialicen en el país deben llevar, obligatoriamente impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, un símbolo con la leyenda “Sin T.A.CC”.

Se publico también en el Boletín Oficial, el símbolo único que deben llevar todos los productos, libres de Gluten, las empresas tienen un plazo de 180 días, para ir incorporando este símbolo e ir terminando los productos, que cada una de ellas tenia para identificarlos.

Esta Resolución lleva la firma de los secretarios de Políticas, Regulación e Institutos, Gabriel Yedlin y del secretario de Agricultura, Lorenzo R. Basso.

Esta enfermedad que se produce por una disfunción del intestino delgado, provoca la intolerancia a una proteína cuyo nombre es Gliadina, esta afección se manifiesta en general en los niños antes de los 10 años, las personas que la padecen tienen una intolerancia a los alimentos que contienen Gluten.

En los considerandos expresa que la Ley 26.588 declaró de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.

Agrega que el artículo 2º de dicha Ley establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación y, conforme con el artículo 3º, dicha autoridad deberá determinar la cantidad de gluten de trigo, de avena, de cebada o de centeno (TACC) que contengan los productos alimenticios, por unidad de medida, para ser clasificados libres de gluten.

Además el artículo 4º de la Ley establece que los productos alimenticios que se comercialicen en el país, deben llevar impresos en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, la leyenda “Libre de Gluten” y el símbolo que establezca la autoridad de aplicación.