En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del mes de julio de 2016, todos los vehículos radicados en la Ciudad, deberán realizar la Verificación Técnica Vehicular (VTV) de forma obligatoria, deberán realizarla anualmente todos los rodados que superen los 3 años de antigüedad (o más de 60.000 kilómetros), mientras que para las motos la obligatoriedad recaerá a partir del año de antigüedad y será optativa para los rodados que estén registrados en otras localidades. Se hará una vez por año en las Estaciones de Verificación. Excepción: los cero kilómetro que deberán comenzar a realizar a los tres años de su patentamiento a menos que hayan alcanzado los 60.000 km antes de ese período. Esto no incluye a las motos.
Los objetivos de esta medida son establecer un sistema de control y sanción que mejore la seguridad vial y la calidad del medio ambiente, controlar que los vehículos cumplan las normas de seguridad correspondiente y los papeles al día, y reducir los índices de siniestralidad vial asociados a las fallas mecánicas de los vehículos (a las que generalmente se les atribuye el 5% de los siniestros).
Controles aleatorios: se trata de revisiones técnicas rápidas y aleatorias a cargo de 10 unidades móviles dispuestas en las calles las 24 horas. Si un vehículo no aprobara el control técnico, tendrá un plazo de 60 días para realizarlo nuevamente en forma gratuita.
Según la ley de faltas 451 no portar el certificado equivale a una infracción de 150 Unidades Fijas ($975), mientras que la multa asciende a 600 UF ($3900) si el vehículo nunca hizo una verificación o si la misma está vencida.
Plantas de verificación
Los controles se efectuarán en las 10 plantas de verificación, a cargo de 5 empresas, que comenzaron a construirse en julio de 2015 y que comenzarán su funcionamiento en julio de este año aproximadamente. Estarán ubicadas en los siguientes lugares:
Applus Itueve Argentina S.A.
1- AV. VÉLEZ SARSFIELD 566 – Barracas, Comuna 4.
2- CALLE SANTA MARÍA DEL BUEN AIRE Nº 1001 - Barracas (Comuna 4)
ATISAE VTV S.A. y TH COLLECTION SERVICES S.A.
3- CATULO CASTILLO 3140/42/74/76 - Parque Patricios (Comuna 4)
4.1- Dr. RAMÓN CARRILLO 514/20/36/42/44 – Barracas (Comuna 4)
4-2- CULPINA 1363/65/67 – Flores (Comuna 7)
Inspecentro S.A.
5- GUANAHANI 322/70 – Constitución (Comuna 1)
6- HERRERA 341 – Constitución (Comuna 1)
SGS Argentina S.A.
7- TRONADOR 115/151 – Paternal (Comuna 15)
8- OSVALDO CRUZ 1711 – Barracas (Comuna 4)
VTV NORTE S.A.
9- Av. 27 DE FEBRERO 5483 – Pompeya (Comuna 4)
10- DONADO 943 - Villa Ortúzar (Comuna 15)
Exentos al pago de VTV: Jubilados o pensionados, o mayores de sesenta y cinco (65) años en todos los casos cuyos ingresos regulares no superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires.
Discapacitados que posean un vehículo con adaptaciones especiales relacionadas con su discapacidad, sin importar el valor del mismo.
Discapacitados que posean un vehículo sin adaptaciones especiales cuyo valor sea menor al doble del mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos en la Ciudad de Buenos Aires.