Sábado 23 Noviembre 2024

Por unanimidad la Cámara Alta dio media sanción al proyecto de ley 894/16 que presentaron las organizaciones de inquilinos del país con la senadora García Larraburu.
La iniciativa modifica el Código Civil y Comercial y como aspectos más destacados: amplia de dos a tres años el plazo mínimo de los contratos de alquiler, establece que los aumentos de precios sean anuales y que no sean mayores al nivel inflacionario, contempla la devolución del depósito en garantía, establece que las comisiones inmobiliarias sean determinadas por ley de cada jurisdicción, y en caso de no estar reguladas no superen nunca el valor de un mes de alquiler y que las expensas extraordinarias en ningún caso corran por cuenta del inquilino.
Además, se elimina el plazo de seis meses para que el inquilino pueda rescindir el contrato sin causa y se añade que las partes están obligadas a acordar o no la renovación del contrato sesenta días antes del vencimiento de la locación.
Gervasio Muñoz, referente de Inquilinos Agrupados, afirmó que de aprobarse el proyecto de ley en diputados "implicaría una mejora sustancial en la calidad de vida de los 6.5 millones de inquilinos del país y a la vez significaría un cambio radical en la cultura del alquiler en la Argentina".
Y agregó "Los inquilinos hacemos frente a aumentos indiscriminados en el precio del alquiler. Los ajustes semestrales superan todo índice de inflación y no tienen ningún tipo de parámetro" y afirmó que el proyecto de ley está pensado "siguiendo el curso de la economía nacional y no el capricho especulativo del mercado inmobiliario, que solo fija los precios en función de obtener mayor rentabilidad".