Una ley promueve la igualdad de oportunidades en el acceso a los empleos. “La presente ley tiene por objeto promover la igualdad de oportunidades en la identificación del talento, reclutamiento y el acceso laboral en condiciones de equidad y no discriminación”, dice el primer artículo de una norma sancionada el jueves en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se basó en iniciativas de los diputados Roy Cortina (PS), Diego de García Vilas (VJ) y otros, que fueron tratadas en las comisiones de Desarrollo Económico y de Garantías y Antidiscriminación, dando lugar a un texto consensuado que obtuvo en el recinto la unanimidad de 47 votos positivos y 3 abstenciones de la izquierda.
En cuanto a los alcances, la ley determina “con carácter obligatorio la Búsqueda Laboral equitativa para todos/as los/las empleadores/as del sector público y privado, consultoras de selección de personal, plataformas o portales de búsqueda y cualquier otro intermediario a través de los cuales se ofrezcan y demanden puestos de trabajo y se permita la carga y envío de currículums, en el ámbito de la Ciudad”.
“Las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como edad, raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, estado civil, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena y cualquier otro dato que no fuera imprescindible para el trabajo que se ofrece".
“A su vez, en las ofertas de empleo tampoco se podrá requerir de manera obligatoria y excluyente la remisión de videos, fotografías, imágenes, audios, nombre y apellido completo o cualquier otro dato que permita su identificación en redes sociales”. La Autoridad de Aplicación podrá establecer excepciones, fundadas en las características del puesto a cubrir.
Se dispuso que “en toda la mensajería destinada a la oferta laboral” será obligatorio exhibir un cartel “con letra clara y legible” que diga: “Búsqueda laboral equitativa. El empleador sólo podrá solicitarle la información estrictamente necesaria para el desempeño en el trabajo que se ofrece (y el número de la ley que acaba de sancionarse).