Sábado 23 Noviembre 2024

La organización de Inquilinos Agrupados sigue trabajando en beneficio del sector, que beneficiaría a un millón de vecinos y vecinas que alquilan más de 400.000 hogares en la Ciudad de Buenos Aires, ayer presentaron en la Legislatura porteña un proyecto de ley para que la comisión inmobiliaria por alquiler de vivienda y de locales comerciales la pague el dueño y no el inquilino y además, regula las comisiones para alquileres temporarios.
Se trata de un proyecto de modificación del artículo 57 de la Ley 2340, que quedará redactado de la siguiente forma "El monto máximo de los aranceles que percibirán las inmobiliarias, por locación de vivienda, será de 4,15% del total del contrato, aplicable al locador únicamente. En el caso de locaciones comerciales, la comisión inmobiliaria no podrá superar el 5% del total del contrato, aplicable al locador únicamente. En el caso de alquileres temporarios, se tomará en cuenta el mismo arancel que las locaciones comerciales".
Este año se logró que la Justicia falle a favor de los inquilinos en la causa por comisiones inmobiliarias, de dos meses de comisión pasaron a cobrar uno. Se terminó, de esta manera, con una transferencia ilegal de mil millones de pesos anuales del sector de los inquilinos al mercado inmobiliario.
Pero las malas prácticas de las inmobiliarias no terminan ahí. El inquilino, durante sus dos años de contrato sigue tratando con la inmobiliaria, que actúa como valla o defensa contra cualquier reclamo legítimo, sea por el deterioro de la propiedad, sea por liquidaciones de expensas irregulares, sea por negativa a devolverle el depósito cuando termina el contrato.
Es decir, que no hay ninguna razón ni argumento para pensar que el inquilino es un cliente de la inmobiliaria, y como tal deba pagar una comisión para firmar un contrato de alquiler. Sin dudas, la comisión se transformó en un peaje por la condición de inquilino y sobre todo para fijar reglas de competencia para acceder a un departamento: el que quiere alquilar, no solo paga el alquiler, sino que paga un peaje para tener derecho a pagar el alquiler.
Es de sentido común que la persona que requiere los servicios del inmobiliario es el locador. La inmobiliaria trabaja para él, ayudándolo a fijar el precio más alto posible o como defensa contra cualquier reclamo que esté basado en el capítulo del Código Civil que fija las obligaciones del locador. El inquilino no debe pagar jamás ninguna comisión por un servicio que no recibe, como en Río Negro con la Ley 2051.