Sábado 23 Noviembre 2024

Política

Alejandro Amor renovó su mandato y será acompañado por Bonelli, Arndt, Streger, Palmiotti y Pozzali, el viernes 1 de marzo tras el mensaje inaugural del Jefe de Gobierno, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reunió en Sesión Especial para proceder a las designaciones en la Defensoría del Pueblo.
Cumpliendo con lo establecido en la Ley N° 3 sancionada en el año 1998 y el Decreto de convocatoria, la sesión que fue encabezada por el Presidente del Cuerpo Parlamentario Diego Santilli, aprobó las candidaturas por unanimidad de los 54 legisladores presentes.
Se dispuso que Alejandro Amor continúe por un nuevo período (2019-20124), el segundo al frente del organismo; y que será acompañado en su tarea por Bárbara Bonelli, Silke Arndt, Paula Streger, Carlos Palmiotti y Arturo Pozzali. Todos entrarán en funciones a partir del próximo martes 5 de marzo.
"Tuvimos el honor de acompañar la renovación de Alejandro Amor, quien hizo un gran trabajo en su primer mandato y especialmente en las tareas de descentralización de la Defensoría", indicó María Rosa Muiños, titular del Bloque Peronista. Por su parte, en representación del bloque Vamos Juntos, Agustín Forchieri, señaló: "Cada uno de los designados pasó los procedimientos institucionales sin ningún problema. Ahora tendrán la tarea de defender a los vecinos y vecinas de la Ciudad. Les deseamos el mayor de los éxitos".
Amor es abogado y procurador por la Universidad de Buenos Aires. Fue legislador por la Ciudad entre los años 2011 y 2013 y anteriormente se desempeñó como secretario gremial del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -Sutecba. Además, actualmente preside la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA).
Las actuaciones legislativas correspondientes se encuentran consignadas en el Expediente N° 2780-I-2018 de la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control.
Por último, quedó establecido por unanimidad de los diputados ubicados en sus bancas que para el corriente año legislativo las Sesiones Ordinarias se llevarán a cabo los jueves, a partir de las 11. Imagen: Los designados posan en el salón Eva Perón.

La Policía de la Ciudad detuvo a un abusador que era intensamente buscado, el criminal, oriundo de Salta, estaba radicado en San Pedro, donde se hacía pasar por periodista.
La Sección Delitos Contra la Infancia, Niñez y Adolescencia perteneciente al Departamento de Cibercrimen de la Policía de la Ciudad logró capturar a un hombre, profesor de física, que había sido detenido en el año 2009 en Salta por abusar de su sobrina de 7 años.
Durante el juicio salieron a la luz varios casos más de otros chicos que habían sido víctimas del mismo individuo.
El abusador de 66 estuvo prófugo desde el 2012 y luego de una serie de investigaciones lograron establecer que se encontraba en Buenos Aires.
Por tal motivo, el Tribunal de Juicio Sala N° 2 del Departamento Judicial de la Provincia de Salta a cargo del Presidente del Tribunal Dr. Amadeo Longarte, solicitó la intervención de la Policía de la Ciudad, que de inmediato se puso a disposición y comenzó con las averiguaciones para dar con el paradero del fugitivo.
Así fue que establecieron que en la actualidad se estaba desempeñando como periodista en San Pedro, provincia de Buenos Aires, y finalmente, los agentes de la Policía de la Ciudad, lograron aprehenderlo.
En detenido quedó a disposición del Juzgado Exhortado de Garantías N°2 del Departamento Judicial de San Nicolás.

Un banco de plaza de color rojo con la leyenda "En memoria de todas las mujeres asesinadas por quienes decían amarlas" será emplazado entre las calles Perú y Bolívar.
Una audiencia pública efectuada ayer a mediodía manifestó el apoyo a la aceptación de la donación efectuada por el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA- de un banco de plaza color rojo pintado con la leyenda "En memoria de todas las mujeres asesinadas por quienes decían amarlas".
La resolución, que tuvo aprobación inicial el 13 de diciembre pasado con 56 votos afirmativos, encomienda a la Vicepresidencia Primera que el banco "será emplazado en la acera impar de la Av. Presidente Julio Argentino Roca, altura 575 - 523, entre las calles Perú y Bolívar a modo de homenaje de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todas las víctimas de femicidio".
La norma fue impulsada por trabajadoras legislativas afiliadas a SUTECBA Azul y Blanca y formalizada mediante presentación de un particular, Gabriel Gustavo Muñoz, a finales del año 2018. Luego resultó asumida por las diputadas Victoria Inés Roldán Méndez, Paula Villalba y el diputado Guillermo Pablo Suárez del bloque oficialista Vamos Juntos con la adhesión de María Patricia Vischi (Ev). Y el tratamiento recayó sobre la Comisión de Cultura que preside Omar Abboud (VJ).
Las trabajadoras se encargaron de armar el banco y de pintarlo junto a sus compañeros como símbolo de unión. El emplazamiento se efectuará en el marco del proyecto "Banco Rojo" y de Lucha contra la Violencia de Género surgido en la región de Perugia -Italia- en noviembre de 2016, que busca concientizar sobre la importancia de la prevención, información y sensibilización contra el femicidio.
En nuestro país fue introducido por la Licenciada en Trabajo Social y Especialista en Violencia Familiar Elisa Mottini, quien promovió la colocación del primer banco en el Hospital Álvarez de la CABA con la presencia de Beatriz Regal, madre de Wanda Taddei quien fuera víctima de femicidio en el año 2010 asesinada por su esposo Eduardo Vásquez, ex baterista de la banda "Callejeros". Luego localidades bonaerenses se sumaron al igual que otras de las Provincias de Córdoba, Mendoza y Jujuy llegando en la actualidad a más de 70.
La Audiencia Pública fue presidida en el Salón "Ciudad de Montevideo" por la vocal de la Comisión de Cultura diputada Lía Rueda (VJ).

Apertura de la Oficina de Atención Ciudadana, comenzará a funcionar el martes venidero en Hipólito Yrigoyen 546 -edificio Anexo.
El próximo martes 26 de febrero tendrá lugar el acto oficial mediante el cual quedará inaugurada la Oficina de Atención Ciudadana -OAC- de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta nueva instancia de vinculación con la ciudadanía dependerá de la Vicepresidencia I, a cargo del diputado Francisco Quintana (VJ).
La OAC será un espacio abierto a los vecinos que entre otras acciones recibirá reclamos, consultas y comentarios sobre el Cuerpo Parlamentario y dará a conocer las actividades que se realizan en el edificio.
Estará ubicada en Hipólito Yrigoyen N° 546 -edificio Anexo- y el horario de atención será en días hábiles de lunes a viernes entre las 10 y las 18.
Foto: Frente del edificio Anexo de la Legislatura -Hipólito Yrigoyen N° 546- donde funcionará la Oficina de Atención Ciudadana.

Ordenan cumplir con normativa de protección de espacios de uso público, la justicia condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la empresa Arcos del Gourmet SA para que en 60 días destinen más de 20 mil metros cuadrados de lo que se conoce como Distrito Arcos, al uso y utilidad pública con acceso irrestricto.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario resolvió por mayoría condenar al GCBA y a AGSA a dar cumplimiento a la finalidad establecida en el artículo 3.1.2* del Código de Planeamiento Urbano durante la vigencia del contrato de concesión en el denominado Distrito Arcos, ubicado en el barrio porteño de Palermo (31/12/30, prorrogable al 30/4/2037). Todo ello en el marco de la causa "Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) y otros contra GCBA y otros sobre Amparo".
A su vez, ordenó que "se deberá acreditar en la causa el efectivo traspaso de la superficie en juego (como mínimo, según la normativa aplicable, 23.319,41 metros cuadrados) en el plazo general de sesenta (60) días, vencido el cual quedará habilitada la ejecución forzada del presente pronunciamiento". El complejo se encuentra bajo concesión de la empresa Arcos Gourmet S.A.
En su voto, los camaristas Hugo Zuleta y Mariana Díaz expresaron que "según los avances edilicios del emprendimiento, el espacio descubierto disponible (11.664,11 metros cuadrados) resulta insuficiente a fin de satisfacer la porción mínima de terreno que, según lo estipulado en el artículo 3.1.2 del CPU, deberá destinarse al GCBA (al menos, 23.319,41 metros cuadrados)".
"Sumado a lo anterior, no obran elementos que permitan dar por acreditado que el remanente de predio sin construcción cumple con la finalidad ambiental establecida en la norma citada precedentemente pues esa extensión, por un lado, no quedó destinada al 'uso y utilidad pública' por acto alguno que justificara la posibilidad de atribuir esa calificación a la Administración y, por el otro, tampoco se halla afectada 'especial y preferentemente (...) a la generación de nuevos espacios verdes parquizados'; sin que ello haya sido controvertido por la parte demandada o la citada en garantía en estas actuaciones", agregaron.
Los jueces de cámara concluyeron que "la presente condena debe orientarse a resguardar el derecho ambiental vulnerado, sin requerir el ejercicio de una competencia propia de la Administración, pues, de ese modo, además de respetar el reparto de atribuciones constitucionales, se permite asegurar la eficacia de la manda judicial ante el eventual incumplimiento del demandado, permitiendo la ejecución forzada de aquella en base a las pautas bajo las que se determine el restablecimiento del derecho que disponga la condena".
Por su parte, la camarista Gabriela Seijas, en disidencia, votó declarar "la nulidad de los artículos 3º, 8º y 9º de la ley 4477 (BO 4094, del 15/02/13), por haberse sancionado en violación al procedimiento fijado por la CCABA, la nulidad de la disposición 1015/DGIUR/13, que autorizó el emprendimiento, y de la resolución 157/APRA/14, por contradecir los términos del CPU".
"Tanto el CPU como la propia ley 4477 han establecido un especial régimen de protección para los bienes del Estado Nacional sujetos a privatización, desafectados del dominio público o del servicio público. El 65% de tales bienes deben ser destinados al uso y utilidad pública, preferentemente para la generación de nuevos espacios verdes parquizados", explicó. "Las preocupaciones medioambientales han sido la base de la legislación sobre usos de los bienes desafectados o transferidos, lo que impone, además de sus deberes legales, una ética de la responsabilidad a los gobernantes, quienes no pueden con su voluntad violar todo este régimen protectorio. Se trata de una ética orientada al futuro que exige apego a las normas, calma, prudencia y equilibrio", concluyó.-
Por Redacción iJudicial el 20 febrero 2019
* "Proporción de terreno destinado para uso y utilidad pública. Todo parcelamiento que exija la apertura de vía pública o propuesta de urbanización referida a una superficie superior a 1,5Ha, obligará a la cesión gratuita a la Ciudad de una superficie de terreno no menor del 25% ni mayor del 50% del total del área de la parcela, afectada para uso y utilidad pública. En todos los casos deberá destinarse no menos de una tercera parte de la superficie cedida a espacios verdes de uso público y acceso irrestricto. En el parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados. Quedan exceptuados de esta norma los parcelamientos en el Distrito U31".

 

Importante noticia sobre nuestros derechos como usuarios del subte, si no está garantizada la accesibilidad no tenés obligación de pagar el boleto del subte, desde el Espacio de Coordinación para las Políticas Públicas, (integrado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad - ODC-, la Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria -CLIC-, y el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas -IPYPP-) Informan: La sentencia del Juez Gallardo que ordena la exención del pago de la tarifa cuando no estén en funcionamiento escaleras y ascensores está Vigente .
El 11 de febrero, el Juez Roberto Gallardo en la causa caratulada "FERNANDEZ, GUSTAVO DAMIAN Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE OTROS PROCESOS INCIDENTALES - AMPARO - USUARIOS Y CONSUMIDORES", Expte. N° 769846/2016-8 ordenó :
"Disponer que todo usuario de la red de transporte subterráneo que al ingresar o egresar de una estación observe que alguna de las instalaciones mecánicas (escaleras mecánicas, ascensores y/o salvaescaleras) se encuentre en ese momento fuera de funcionamiento, se encontrará exento de abonar la tarifa correspondiente al servicio regular.
En consecuencia, en el supuesto de verificarse tal situación, Metrovías SA deberá arbitrar las medidas necesarias para que en la estación que se trate no se cobre a los usuarios al ingresar la tarifa correspondiente al servicio regular, mientras persista el desperfecto. En el supuesto de que el usuario lo verificare al egreso, podrá acercarse a la boletería que se encuentre en la estación de que se trate y el personal de Metrovías SA deberá arbitrar los medios necesarios para reintegrar el importe en la tarjeta SUBE que el usuario abonó oportunamente por su viaje."
Recusado el Juez Gallardo, en fecha 18 de febrero , el Juez Aurelio Ammirato concedió los recursos de apelación interpuestos por el GCBA y Metrovías Sin Efectos Suspensivos . Es decir, las apelaciones no suspenden la orden del Juez Gallardo .
Hagamos Cumplir nuestro Derecho frente a los más de 20 años de concesión de Metrovías que no pudo garantizar nuestro derecho a la accesibilidad.
Otra razón más para oponernos a la nueva privatización del SUBTE por otros 15 años .

 

Ya fueron secuestradas más de 20 mil motos por estar en infracción, Diego Santilli, junto al subsecretario de Seguridad Ciudadana, Juan Pablo Sassano, y al subjefe de la Policía de la Ciudad, Gabriel Berard, presentaron las estadísticas de motos secuestradas.
Personal El vicejefe de Gobierno porteño encabezó un acto en el que informó que desde septiembre de 2017 hasta enero de este año se secuestraron más de 20 mil motovehículos que se encontraban en infracción. "En total hubo 326.251 motos controladas y se detuvo a 329 delincuentes", contó Santilli. Y agregó: "Los vehículos que no son retirados luego de dos meses se compactan y el dinero es donado a la Fundación Garrahan".
Además, el funcionario explicó que junto al subjefe de la Policía de la Ciudad, Gabriel Berard, crearon un cuerpo especial de 850 policías que están abocados al control de motos: "Los efectivos cuentan con circuitos cerrados para luchar contra los motochorros, que es el único delito que ha crecido en la Ciudad de Buenos Aires", afirmó.
Para finalizar, Santilli destacó que a partir del 1 de marzo todos estos operativos se van a reforzar con personal de tránsito.
Por su parte, Juan Pablo Sassano indicó que en los últimos meses ha aumentado la cantidad de secuestro de motos: "Esto sucedió porque hemos incrementado los controles. Tenemos picos de 180 motos por día que ingresan al playón", sostuvo.
Con respecto a las faltas y multas los datos son los siguientes:
Sin dominio colocado: 2.524
Patente ilegible/adulterada: 1.251
Falta de chaleco: 2.896
Cuadro N° adulterado: 15
Sin cédula verde/vencida: 3.745
Intento evadir control: 75
Seguro (sin seguro/vencido): 3.861
Licencia conducir (falta/vencida o con habilitación para menor cilindrada): 7.092
Documentación falsa: 29
Sin espejos: 1.639
Sin casco: 784
Sin documentación: 213
Desde que arrancaron los controles ya fueron compactados 1.080 vehículos.

Durante 2018, la Ciudad removió 1658 autos abandonados, casi 7 por día, más de la mitad de esas remociones fueron solicitadas por vecinos a través de la aplicación BA 147 de gobierno. Se trata de un trámite sencillo que también puede gestionarse por la web de gobierno.
"Para solicitar la remoción de un vehículo el vecino debe subir dos fotos mostrando el estado de abandonado y la patente en caso de que la tenga", explicó Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana, y agregó: "la participación de los vecinos en este proceso ha sido muy valiosa y nos permite tener mayor eficiencia desde el Estado y garantizar mejores condiciones ambientales".
Para remover vehículos la Ciudad actúa también de oficio con el cuerpo de inspectores de cada comuna. Independientemente de la forma de ingreso de una solicitud, el procedimiento debe garantizar que todos los vehículos en estado de abandono reciban igual tratamiento, ya sean autos, motos, camionetas, camiones o alguna de sus partes.
Una vez realizada la solicitud, un inspector de la comuna se acerca al vehículo abandonado y labra un acta constatando la infracción; en ese mismo acto se adhiere un sticker visible que identifica la acción. Asimismo, se inician las etapas siguientes de intimación, notificación a través de una carta documento o cédula. En caso de no obtener una respuesta del titular dentro de los 15 días posteriores, se procede a la remoción.
Los vehículos son removidos por el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.COM) que cuenta con una playa para tal fin, en todos los casos los titulares al menos recibieron dos intimaciones. "Desde que comenzó el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores se compactaron más de 10.000 autos, mediante esta acción pudimos aportar más de 4 millones de pesos a la Fundación del Hospital Garrahan en concepto de donación", afirmó Juan Pablo Sassano, subsecretario de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Según la normativa vigente en la Ciudad de Buenos Aires, "los vehículos automotores o sus partes que sean hallados en lugares de dominio público en estado de deterioro y/o inmovilidad y/o abandono implican un peligro para la salud, la seguridad pública y el medio ambiente, por tanto quedan sujetos al procedimiento establecido" para su remoción.
A partir de 2018, comenzó a funcionar una nueva modalidad del servicio de remoción que permite a los vecinos entregar los vehículos, o restos de ellos, de manera voluntaria al gobierno de la Ciudad para su desguace y compactación. Las únicas tres condiciones para realizarlo es que el propietario, ya sea persona física o jurídica, esté radicado en la Ciudad. Además, que los vehículos automotores estén libres de todo gravamen. Y finalmente que el titular del dominio no tenga inhibiciones para disponer de sus bienes.
El trámite de entrega voluntaria del vehículo es personal. El propietario debe presentarse con su DNI y el formulario 04 completo (baja del vehículo ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor) en el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.COM) ubicado en Av. Regimiento de Patricios 1142, 5to piso. El horario de atención de PRO.COM es de lunes a viernes de 10 a 16 hs.
Dónde se abandonan los autos
De acuerdo a los datos provistos por la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, las comunas linderas a la provincia de Buenos Aires son las que más vehículos abandonados presentan. La comuna 4, integrada por los barrios de La Boca, Barracas, Parque Patricios y
Nueva Pompeya es la primera en el ranking de autos removidos por estar abandonados. Le sigue la comuna 15, Chacarita, Villa Crespo, La Paternal, Villa Ortúzar, Agronomía y Parque Chas, barrios desde dónde se removieron 179 vehículos. Al ranking lo cierra la comuna 9, Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda, territorio en el que se removieron 155 vehículos abandonados.

 

Tras el pedido de la defensoría del Pueblo de la Ciudad, Edesur y Edenor deberán pagar resarcimientos por interrupciones en el servicio, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad dispuso que esas empresas abonen resarcimientos a aquellos usuario residenciales que tuvieron interrupciones durante más de 19 (diecinueve) horas.
El ENRE dispuso, a través de las Resoluciones 39/2019 y 40/2019 que esas empresas abonen resarcimientos a aquellos usuario residenciales que tuvieron interrupciones durante más de 19 (diecinueve) horas.
La decisión surge luego del oficio remitido el pasado 31 de enero con carácter urgente por la Defensoría del Pueblo tras los masivos y sostenidos corte de suministro del servicio público de electricidad que afectaron a más de 477 mil usuarios, donde se solicitó que se apliquen compensaciones en favor de los usuarios que sufrieron daños por las interrupciones.
Según lo regulado por el ENRE, las empresas deberán pagar:
-Para interrupciones de duración mayor o igual a Diecinueve (19) horas y hasta Veinticuatro (24) horas inclusive, el monto de resarcimiento base de Pesos Ochocientos Treinta y Uno con 63/100 ($ 831,63).
-Para aquellas interrupciones de duración superior a las Veinticuatro (24) horas y hasta las Cuarenta y Ocho (48) horas inclusive, el monto del resarcimiento base a reconocer será de Pesos Un Mil Trescientos Ochenta y Seis con 5/100 ($ 1.386,05).
-Para las interrupciones de duración superior a las Cuarenta y Ocho (48) horas, el monto del resarcimiento base será de Pesos Un Mil Novecientos Cuarenta Con 47/100 ($ 1.940,47).

Confirman multa a reconocida cadena de supermercados, la justicia confirmó una multa a Carrefour impuesta por la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por falta de exhibición de precios de productos expuestos en góndola en un local del barrio de Palermo.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó un recurso directo presentado por la firma INC S.A. -popularmente conocida por su nombre de fantasía Carrefour– y confirmó una resolución de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor que le impuso una multa de 70 mil pesos por infringir el artículo 9 de la ley 4827, de exhibición y publicidad de precios en la Ciudad, constatada en la falta de exhibición del precio del producto expuesto en góndola en la sucursal ubicada en Av. Santa Fe 5234. Todo ello en el marco de la causa "INC S.A. contra Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor sobre Recurso Directo sobre Resoluciones de Defensa al Consumidor" (Exp. 54909/2017-0).
La infracción se constató el 30 de junio de 2016, cuando la autoridad de aplicación realizó una inspección en el mencionado establecimiento y verificó que "la inspeccionada exhibe en góndolas y heladeras de acceso al público y a la venta los siguientes productos sin exhibir sus precios (...)". En consecuencia, sancionó a la empresa dado que la conducta descripta "puede inducir a error, engaño o confusión a los consumidores respecto del precio de los productos que pretenden adquirir".
En su defensa, la compañía argumentó que "la supuesta falta de exhibición del precio del producto expuesto en góndola, no configura una infracción a la norma que se imputa en tanto, a su juicio la conducta descripta 'obedece a un error 'humano' producido por la cantidad de clientes que transitan la tienda". En consecuencia, la camarista Fabiana Schafrik sostuvo que "no es posible compartir la interpretación que efectúa la empresa denunciada, en tanto no escapa de mí que esta omisión en la que incurrió –circunstancia que no fue negada por la propia recurrente sino más bien reconocida, pero justificada, a su juicio, en la actividad de sus propios clientes– acarrea consigo la posibilidad de que un consumidor sea inducido a error, engaño o confusión en la adquisición de mercaderías, lo que necesariamente se traduce en un incumplimiento a la normativa específica citada".
El artículo en cuestión, 9 inc. a) de la ley 4827, establece que "los Supermercados, Supermercados Totales o Hipermercados, y Autoservicios de bienes consumibles y no consumibles, conforme los define la Ley n.º 18.425 ubicados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las formas o variantes que pudieran adquirir dichos establecimientos, deben: a) Exhibir precios de manera clara, visible y legible sobre cada artículo, producto o grupo de una misma mercadería que se encuentre expuesto a la vista del público. El precio exhibido deberá corresponder al importe total que deba abonar el consumidor final. Cuando por la naturaleza o ubicación de los bienes no fuera posible, deberán utilizarse listas de precios. En los casos en que la exhibición deba realizarse mediante listas, la existencia de las mismas deberá informarse en el lugar donde los productos se encuentren exhibidos, mediante un cartel que consigne: 'lista de precios a disposición del público ubicada en...'".
Por último, la magistrada sostuvo que la empresa es reincidente y, respecto al monto de la multa, expresó: "No resulta elevado si se tienen en cuenta los límites mínimos y máximos que contempla la norma citada (de $500 a $5.000.000), lo que me lleva a rechazar el planteo de arbitrariedad en relación a la graduación de la multa". "Finalmente en cuanto a la obligación de publicar la parte dispositiva de la Resolución atacada en el diario 'Clarín', entiendo que la parte actora no logra acreditar el perjuicio que ello le ocasiona", afirmó.
La camarista Mariana Díaz y el camarista Carlos Balbín adhirieron al voto de Schafrik.-
Por Redacción iJudicial el 12 febrero 2019